En este primer post explicaremos los trámites legales necesarios que deberá llevar a cabo un empresario individual o autónomo, al iniciar su actividad empresarial. Definiendo a éste como a la persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, también se incluye al cónyuge y parientes hasta el segundo grado inclusive que trabajen con él.
Veamos los trámites necesarios para este tipo de empresa:
- Trámites en Hacienda
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas I.A.E. (tributo de carácter local, es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional)
- Declaración censal I.V.A. (declaración de comienzo, modificación o cese de actividad, que han de presentarse a efectos fiscales.)
- Trámites en el Ministerio de Trabajo
- Afiliación y alta en el Régimen de Autónomos (al ser un régimen especial de la Seguridad Social es obligatorio para trabajadores por cuenta propia y para los socios trabajadores civiles y mercantiles)
- Solicitud del número de cuenta de cotización (patronal) (se hará cuando se vaya a contratar algún trabajador, siendo una inscripción única y válida para toda la vida de la empresa)
- Comunicación de Apertura del centro de trabajo (se realizará cuando se proceda a la apertura de un nuevo centro de trabajo o reanuden la actividad)
- Solicitar el Libro de Visitas convencional-en papel o electrónico(es obligatorio aunque no tengan trabajadores a su cargo y debe presentarse ante una posible Inspección de Trabajo, actualmente se realizan de manera telemática).
- Contrato de Prevención de Riesgos
- Autónomos Sin Trabajadores a su cargo, en este caso NO tiene la necesidad de contratar la PRL, de tener una evaluación de riesgos ni un plan de prevención de riesgos.
- Autónomos Sin Trabajadores a su cargo pero que se vean afectados por la normativa sobre coordinación de Actividades empresariales. En este caso, hay que aportar información sobre los riesgos que sus actividades o equipos suponen para los trabajadores de las otras empresas con las que colaboran.
- Autónomos Con Trabajadores a su cargo.En este caso SI tiene la necesidad de implantar la PRL, es obligatorio para el empresario el cumplimiento de la normativa laboral.
- Trámites en el Ayuntamiento
- Licencia de actividades e instalaciones (Apertura)
- Licencia de obras
- Cambio de titularidad de un negocio (traspasos)
- Cambio de actividad (sólo para actividades que no resulten molestas, insalubres, nocivas o peligrosas para las personas ni para en medio ambiente).
Ver también: SOLICITAR EL DESEMPLEO DESPUÉS DE RECHAZAR LA RENOVACIÓN DE MI CONTRATO